domingo, 24 de febrero de 2013

La democratización y el derecho

  OPINION Por Guido Leonardo Croxatto ** Asesor de la Secretaría de Derechos Humanos.


Cuando se habla de la democratización de la Justicia, lo que se está diciendo es que la memoria dejó una marca en el derecho argentino, que tuvo o debe tener sobre la actuación de la Justicia a nivel Poder Judicial un impacto aún más profundo, que capitalice la experiencia vivida en los juicios de derechos humanos. Esos juicios les cambiaron el rostro a la democracia y al funcionamiento de la Justicia. Cambiaron lo que los abogados jóvenes entendemos por Derecho. El sentido de esos juicios es la democratización y es la palabra. No sólo la justicia, sino la democracia. El sentido de esos juicios es transformar la sociedad, de modo que una situación como la del Proceso, con jueces como los del Proceso, que una sociedad cómplice como la del Proceso, no se repita. Eso es lo que quiere decir una Justicia más “democrática”. Una Justicia abierta, que escuche, que defienda la democracia, que se comprometa, que trabaje por el derecho a tener derechos (Arendt), de los que no saben qué significa tener un derecho. Una dignidad. Una familia. Una oportunidad. Un afecto. Un vínculo. Una identidad. Un futuro. Que trabaje por el derecho de los que viven en la calle, de los que son desclasados, de los incapacitados por la sociedad, encerrados. Olvidados por el Derecho. El derecho es la antítesis del olvido. Dos puntos esenciales de la democratización son:

1) El cambio –paso– del modelo tutelar del Código Civil argentino (que sigue declarando “incapaces” a las personas, que les pone un “curador” que las representa, pero en rigor las excluye; el juicio de discapacidad o de insania es presentado como un “favor” por el Derecho, no como una “carga”, por eso se presume que la persona discapacitada no necesita “defensa” porque la incapacitación es un “bien”; un código que sigue hablando de mujeres “dementes”, de “idiotas”) a un modelo social, que entiende la discapacidad como una construcción y como una barrera. De ese modo se invierte absolutamente lo que entendemos por “discapacitado”. Se invierte lo que venía entendiendo el derecho por discapacidad. Ya no se puede hablar de personas “discapacitadas”, sino de sociedades –y derechos– que discapacitan. Que no ven. Que “declaran” la discapacidad para no verla. Este cambio de modelo tutelar alcanza no sólo a los “discapacitados” sino también a los menores que dejan de ser vistos como “objetos” a ser “tutelados” desde arriba por sus padres y empiezan a ganar en autonomía, en voz y en derechos. Son vistos no ya como “objetos” sino como sujetos de derecho. Como personas con palabra. Con autonomía.

2) La asunción de una perspectiva de género está directamente vinculada con la necesidad de construir una Justicia más democrática (y también se vincula esto, este avance de la mujer, precisamente al definitivo abandono del “modelo tutelar” en el Derecho) que vea a la mujer, que desnude todas las instituciones (penales, civiles), leyes, que fueron pensadas a lo largo de la historia contra la mujer, para “protegerla”, para “tutelarla” como a los niños, instituciones del derecho (del hombre, dirá Frances Olsen) que consolidan o refuerzan un estereotipo, el lugar en la sociedad de la mujer como madre, como cuidadora (Etica del Cuidado). Leyes que siguen presentando el rol de la mujer como un “beneficio”, la prisión domiciliaria (de la mujer, por tener “un menor o un discapacitado a su cargo”) como un “privilegio”. Como se ve, el modelo tutelar siempre trató de modo semejante/próximo a los discapacitados y a la mujer. Los vincula. Vincula la discapacidad con la maternidad. El ser discapacitado con el ser mujer. Por eso la mujer como el discapacitado –como el menor– eran siempre seres tratados –incluso hoy, es la letra de nuestro derecho– como “menores” que deben ser tratados por el curador-tutor con el criterio de un “buen padre de familia”. Esto se hace por su “bien”.

 La democratización de la Justicia es abandonar el modelo tutelar. Abandonar la “minoridad” de menores, la “minoridad” de las mujeres, de los incapaces, de los “enfermos dementes”. Es empezar a escuchar lo que no quiso ser escuchado. Acabar con la discapacidad es acabar con la “tutela”. Es asumir que todas las personas tienen derechos y tienen palabra.

Como se ve, al final del camino estos “dos puntos” son uno solo: el abandono de la “tutela” alcanza a todo el derecho. El abandono del modelo tutelar del Código Civil también implica un abandono de la “tutela” en el campo penal. Del derecho penal autoritario. Acostumbrado a encerrar y “tratar” a personas. “Reeducarlas” para que sean “normales”. El gran punto de la democratización es el abandono del modelo tutelar que margina “incapaces”, y sobre todo mujeres por no estar “listas” para ser independientes.

El derecho debe repensar la salud mental, debemos repensar cuál es la línea que separa a las personas “enfermas”, locas, de las personas “normales”. Cómo esas personas “discapacitadas” son tratadas por la sociedad. Y cómo son tratadas por el derecho. El primer paso para no marginar es no estigmatizar a “enfermos”: no declarar “discapacitados” donde solo deben ser vistas personas. El derecho no debe “declarar” la discapacidad, debe combatirla. El derecho no puede convalidar lo que la sociedad hace con las personas “discapacitadas” declarando que ellas “son” lo que la sociedad hace con ellas: discapacitados. El derecho está para revertir esto. No para “declararlo”.

El cambio de paradigma legislativo llegó con la nueva ley de salud mental, que toma en cuenta una perspectiva de género, gran avance, pero el nuevo modelo que trae esa ley necesita tiempo para ser comprendido por los funcionarios y operadores jurídicos que siguen trabajando y pensando (porque han sido educados y formados para trabajar así) sobre la base de la “discapacidad” (exclusión/abandono) del “discapacitado”. Sobre el silencio del “incapaz”. El discapacitado no tiene palabra.

Una Justicia democratizada es una Justicia que no conoce la complicidad, la selectividad, el olvido, el silencio. Eso trae la democratización. La contracara de la democratización es el abandono. El sentido de la democratización es la visibilización de lo que muchas veces es olvidado, queda invisible. La mujer, los discapacitados, los niños menores, los “insanos”, los “enfermos”, los “dementes”, los y las “idiotas”, han sido los grandes invisibles de nuestro derecho. Democratizar es hacerlos visibles de nuevo. Es tratar por fin como sujetos a los que hasta el día de hoy son y han sido objetos mudos del derecho y de la sociedad. Democratizar es hacer visible lo que es invisible por el derecho. Democratizar es aprender a escuchar lo que no quiere ser escuchado.

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