Por María Florencia Hegglin ** Defensora oficial del Ministerio Público de la Defensa de la Nación.
Dotar de un significado auténtico a la novedosa y bienvenida
proclama de una democratización del sistema de justicia nos obliga, como
operadores del sistema, a intentar definir lo más ajustadamente posible
de qué hablamos cuando hablamos de una Justicia democrática. Es muy
posible que no todos estemos queriendo decir lo mismo, o pensando el
asunto desde un mismo lugar, principalmente porque la denominada
administración de justicia no está conformada sólo por jueces, sino
también por fiscales y defensores públicos que formamos parte de ese
mismo engranaje. Más allá de ello, creo que algunos ejes centrales han
llegado para instalarse, o al menos para dar pelea, con un inusitado
vigor, en este abierto debate.
Los binomios democracia-inclusión y democracia-igualdad, que
consagran el valor de la administración de los asuntos públicos para el
bien común y, como tal, para todos, son ejes temáticos que emergieron
con enorme fuerza, para interpelarnos. ¿Es la administración de justicia
lo suficientemente inclusiva en la aplicación de la ley? ¿Qué niveles
de inclusión social garantizan las agencias judiciales? ¿De qué modo se
garantiza una política inclusiva e igualitaria en la defensa pública?
Respecto de este último interrogante, hay cursos de acción que mostrar y
cuestiones para señalar desde la perspectiva del Ministerio Público de
la Defensa.
La defensa pública propone, desde hace tiempo ya, un programa de
acceso a los cargos públicos de planta a través de un llamado a concurso
y convocatoria abierta a cualquier interesado. Este modo de ingreso
fomenta la inserción en nuestros cuadros técnicos de una pluralidad de
voces e intereses que, en la medida en que se consolide como política
sustentable en el tiempo, consagrará la aparición de perspectivas y
enfoques más ricos, más autocríticos, todos los cuales, en definitiva,
redundarán en un servicio público más eficiente y más cercano a la
realidad de a pie. De ese modo no se ahogan voces diferentes, con
realidades diferentes y –esto es lo importante– que seguramente
propondrán soluciones diferentes para los cotidianos conflictos de
justicia.
Además, la inclusión debe pasar por garantizar un empoderamiento
legal real de las personas vulnerables en nuestra sociedad. Eso lleva a
reparar en cuestiones estructurales y otras que no lo son tanto. Dentro
de las primeras, entiendo que el sistema que mejor garantiza una defensa
legal más eficiente para esas personas es el sistema establecido por la
Constitución nacional para la defensa pública nacional, en el que las
personas sin recursos cuentan con la asistencia técnica de una
estructura autónoma y con independencia funcional del Poder Judicial y
del Ministerio Público Fiscal. No sucede lo mismo en otras
organizaciones provinciales, donde la Defensa Pública y el Ministerio
Público acusador confluyen bajo una misma cabeza administradora que debe
decidir la asignación de un único presupuesto entre dos fines,
antitéticos y con distintas necesidades: persecución y sanción del
delito, por un lado, y garantizar una defensa técnica legal eficiente y
comprometida con los derechos humanos de un sujeto social vulnerable,
por el otro. Frente a una demanda punitivista siempre en ascenso,
fomentada por medios de comunicación siempre dispuestos, no hace falta
ser pitonisa para conocer qué costado de la estructura bifronte sufrirá
el recorte, ante las constantes emergencias que plantea la
administración de organismos en los que predomina el principio de
escasez estructural. Una defensa pública independiente y funcionalmente
autónoma del Ministerio Público Fiscal y del Poder Judicial es
indispensable para garantizar un empoderamiento legal real y eficiente
de los más débiles.
Otra acción de corte más práctico, pero igualmente saludable para
fomentar la inclusión de los derechos de todos y todas en el ámbito de
la defensa pública judicial es seguir fomentando, a través de
capacitación y de concursos para magistrados y funcionarios, la
excelencia en los servicios jurídicos gratuitos que para ellos
prestamos, de modo que, cuanto menos, en los servicios legales que se
les entrega puedan registrar el esmero que el Estado ha puesto para
asegurarles una igualdad de armas jurídicas en relación con otros
coimputados o querellantes pudientes. Excelencia, rigor profesional,
compromiso con la tarea diaria y “horas silla” para ellos significa
incluirlos.
En esa misma línea, se debe mantener, consolidar y ampliar la
asistencia jurídica gratuita que la defensa pública nacional presta
también a personas que no se encuentran en conflicto con la ley penal,
pero que reclaman, en su condición de vulnerables, un acceso a la
Justicia para el reconocimiento de sus derechos.
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